Si conduces tu coche con una gorra, ¿te puede parar un agente de tráfico y ponerte una multa? ¿En base a qué artículo del Reglamento General de Circulación?
¿Quieres conocer la respuesta a estas dos preguntas? No te separes de este post. Te vamos a aclarar todas las dudas que tengas sobre si puedes conducir tu vehículo con una gorra.
Una gorra es una prenda para el verano. Millones de ellas aparecen desde los cajones de los armarios para protegernos del sol.
Sin olvidar que durante todos los meses del año son miles y
miles de jóvenes las que las llevan porque consideran que es un complemento de moda más.
Ahora bien. No podemos negar que durante el verano es cuando se ven más.
Y vamos al meollo de la cuestión. Es decir, vamos a contestar a la pregunta de si te pueden multar si conduces con una gorra. Ya te advertimos que es la misma respuesta a conducir con chanclas.
Para contestar a esta pregunta nos tenemos que ir a ver el artículo 18 del ReglamentoGeneral de Circulación.
Si te acercas a esta norma verás que pone de manea textual que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".
Es decir, no hace falta que busques un artículo específico que indique que se puede o no se puede conducir con gorra porque no existe.
Entonces, ¿puede haber multa? Si. Puede haber multa si te
para un agente de tráfico y considera
que tu gorra te puede estar dificultando la visión.
Es posible que considere que la tienes "encastada" y no te deja ver bien o que tengas una gorro o sombrero de enormes dimensiones que puede dificultar tu visión o tus movimientos.
Sabemos lo que estás pensando y lo que estás pensando es que
todo depende de la interpretación del agente. Y así es. Un agente puede considerar
que estás incumpliendo el artículo 18.
Vamos a ponernos en el peor de los casos. Y el peor de los casos es, evidentemente, que te paren y se considere que no tienes visión o libertad de movimientos suficiente para conducir.
Y el agente de tráfico saca su libreta y se prepara para
multarte. Entonces tiene que preparar
unos 80 euros.
Pero todavía existe un caso peor. Y este es que el agente
considere que has conducido de manera negligente. Entonces hay que preparar 120
euros más. Es decir, 200 euros.
A fuerza de ser sinceros no es un caso que se de con excesiva frecuencia. Son pocas las multas que se ponen si un conductor está a los mandos de su vehículo con gorra.
Las gorras no suelen interferir en la visión de la conducción. Y así lo entienden la gran mayoría de los agentes de tráfico.
Sí que te pueden multar si no llevas en regla tu seguro de coche. Y, atención, no es necesario que lo lleves encima. Los agentes, a través de sus dispositivos, saben perfectamente qué vehículo tiene el seguro en regla y cuál no. Es posible a través del Fichero de Vehículos Asegurados. Ahora bien. Nosotros aconsejamos que siempre se lleve en el coche.
Y también aconsejamos que si necesitas un seguro de coche, moto o de cualquier otro vehículo a motor, no dejes de pasarte por nuestro comparador de seguros. Tienes todas las pólizas de las mejores compañías aseguradoras y con unos precios que te van a sorprender.