La mejor tasa de alcoholemia para conductores debería ser… 0%. Desde luego que esta sería la mejor para evitar accidentes con víctimas mortales. No es descartable que en un futuro el Reglamento General de Circulación establezca esta tasa. Pero, de momento, la ley permite que los conductores hayan tomado cierta cantidad de alcohol antes de ponerse al volante.
Como bien sabrás ya los conductores de turismos pueden conducir con una tasa máxima de 0,25 miligramos de alcohol por litro en aire expirado. En sangre la tasa es de 0,5 gramos por litro. Para los conductores profesionales la tasa es de 0,15 miligramos de alcohol por litro en aire espirado o los 0,3 gramos de alcohol por litro en sangre, según marca el artículo 20 del Reglamento General de Circulación.
Es, como se puede comprobar, una tasa inferior a los conductores de turismos y la misma que se ha establecidos para los conductores cuyo carnet no tenga una antigüedad de dos años.
¿Qué vehículos son los que conducen los conductores profesionales? Pues son los que están destinados a transporte de mercancías y que tengan un peso superior a los 3500 kilos. También han de cumplir esta tasa los conductores que estén al frente de un autobús o de vehículos que tengan capacidad para nueve plazas.
También han de respetar esta tasa los conductores de autobuses de transporte escolar y de menores. Los de mercancías peligrosas, de servicios de urgencias o transportes especiales tampoco la pueden superar.
¿Qué ocurre cuando un conductor con carnet profesional está conduciendo su vehículo particular? Ha habido bastante debate sobre qué tasa de alcoholemia aplicarle si no está trabajando.
Después de leer algunas opiniones podemos establecer que la tasa se aplica no sobre el carnet de conducir sino sobre el tipo de vehículo que está conduciendo.
Así que se puede afirmar que a un conductor profesional que está conduciendo un turismo se le deberá aplicar la genérica, es decir la de 0,25 mg/l en aire espirado o 0,5 g/l en sangre. Si en un momento dado dejar de lado su vehículo particular y se pusiera al volante de su vehículo de trabajo entonces la tasa volvería a ser de 0,15 mg/l en aire espirado o 0,3 g/l en sangre.
Si un conductor da positivo en un control de alcoholemia evidentemente hay una sanción. Esta sanción tendrá como consecuencia una multa y al retirada de algunos puntos de su carnet de conducir.
Si la tasa en aire espirado está entre los 0,15 mg/l y 0,30 mg/l se retirarán 4 puntos del carnet e impondrá una multa de 500 euros. Si la tasa está por encima de los 0,30 mg/l se procederá a retirar 6 puntos y una multa de 1.000 euros.
Hay que tener mucho cuidado con conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida. En caso de accidente las aseguradoras de coche no se suelen hacer caso de los posibles daños e indemnizaciones.
Por último también nos gustaría recordarte que si un conductor supera los 0,60 miligramos por litro en aire espirado o los 1,2 gramos por litro en sangre estará incurriendo en una infracción penal. ¿Qué significa esto? Pues que el castigo es mucho mayor ya que puede ingresar en prisión entre 3 a 6 meses o bien ser condenado a trabajos para la comunidad por un periodo entre uno y tres meses. La pérdida del carnet se establece entre uno y cuatro años.
En este post hemos querido explicarte la tasa de alcohol permitida para los conductores profesionales, que es inferior a la de los conductores de turismos. Según el Reglamento General de Circulación, para aplicar la tasa se tiene en cuenta el vehículo que en ese momento se está conduciendo y no el tipo de carnet. Y, repetimos, la mejor tasa para conducir es 0%.
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