Esta pregunta que ves en el titular es una de las más utilizadas en los exámenes teóricos de la DGT? ¿Qué responderías?
Si no lo tienes claro, no dejes de leer hasta el final porque aquí, en Seguro Joven, te lo vamos a aclarar. También te podemos aclarar cualquier duda sobre tu seguro de coche y si quieres ver los precios y las coberturas que te podemos ofrecer, no dejes de visitar nuestro comparador.
Pero volviendo al tema que nos ocupa, no es necesario que te
digamos que las carreteras convencionales en España se caracterizan por tener un solo carril y que son las más
peligrosas.
Así que, adelantar, es una maniobra de riesgo. Si se adelantan varios coches a la vez, el riesgo, evidentemente, aumenta.
Ante este riesgo, la Dirección General de Tráfico (DGT) enfatiza que estos adelantamientos
se deben realizar únicamente en zonas habilitadas y asegurándonos de no comprometer la seguridad de los demás usuarios de
la vía.
Ante estas restricciones, surge la duda sobre si es legal adelantar a varios vehículos a la vez en estas carreteras secundarias.
La DGT aclara que sí
es posible adelantar a varios vehículos en un solo movimiento.
Esta posibilidad se basa en el artículo 84 del Reglamento General de Circulación, que establece las obligaciones del conductor que realiza la maniobra de adelantamiento.
Este artículo detalla que no se debe adelantar a varios vehículos si no existe total certeza de que, en caso de encontrarse con otro vehículo en sentido contrario, el conductor pueda volver a su carril derecho sin poner en peligro a los vehículos adelantados.
En este contexto, se resalta la importancia de la visibilidad y la seguridad, así como de una decisión bien calculada antes de iniciar la maniobra.
Pero adelantar en otras circunstancias sí que es objeto de multa.
Adelantar en una zona de línea continua sí que es motivo de sanción, salvo en situaciones excepcionales.
Generalmente, esta infracción conlleva una multa de 200 euros, aunque no supone la pérdida de puntos del carnet.
No obstante, si el adelantamiento se efectúa en un tramo
donde se pone en riesgo la seguridad de otros conductores, como en curvas con
baja visibilidad o en cambios de rasante, la sanción aumenta hasta los 400 euros y se añaden cuatro puntos de penalización al carnet de conducir.
El Reglamento General de Circulación permite, en ciertos
casos, adelantar en tramos con línea
continua.
De acuerdo con el artículo 88, esta maniobra es lícita cuando un vehículo se encuentra inmovilizado en la calzada ocupando, total o parcialmente, el carril del sentido de circulación.
Sin embargo, esta excepción se aplica solo si la inmovilización no obedece a circunstancias propias del tráfico, y siempre que el adelantamiento pueda realizarse sin riesgos para la circulación.
En estos casos, es posible ocupar temporalmente el carril
contrario, pero únicamente tras
comprobar que la maniobra es segura.
La normativa también extiende esta excepción a la posibilidad de adelantar bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones y vehículos de tracción animal.
Esto se permite únicamente cuando estos se desplazan a velocidades que permiten el adelantamiento sin riesgos, tanto para ellos mismos como para los demás usuarios de la vía.
Con esta disposición, se intenta facilitar la fluidez del tráfico en carreteras convencionales sin comprometer la seguridad.