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La discapacidad no es un impedimento para conducir

¿Es la falta de movilidad o la discapacidad un motivo para no conducir? ¿Cuáles son los trámites para adaptar un vehículo? Estas son las dos preguntas que vamos a contestar en este post.

La discapacidad no es un impedimento para conducir, ni mucho menos. Es más, según los últimos datos facilitados por la Dirección Generalde Tráfico, en España existen 50.000 personas con problemas de movilidad y que tienen el permiso de conducir B.

La Ley piensa en estas personas y permite mil y una adaptaciones de vehículos para que puedan conducir, es decir, para que gocen de la libertad de tener su movilidad. A ello, a ver estas circunstancias vamos a dedicar este post.

Vamos a ver todos los pasos que han de seguir.

Primer paso. Acudir a un centro médico homologado

La falta de movilidad puede ser desde el mismo nacimiento, a causa de un accidente o el simple deterioro de las facultades motoras.

Las personas que se encuentren en estos supuestos tienen que acudir, en primera instancia, a un centro de reconocimiento homologado.

Los especialistas médicos que se encuentran en este centro de reconocimiento homologado deben valorar qué tipo y qué grado de discapacidad es el que sufre.

Averiguar estos dos puntos es fundamental porque de esta manera se podrán conocer a ciencia cierta todas las adaptaciones que serán necesarias realizar en el vehículo.

Enrique Mirabet, vocal de la Sociedad de Medicina del Tráfico indica que "el nuevo protocolo de exploración médico-psicológica de 2022 es una herramienta importantísima porque define todos los tipos de discapacidad y desarrolla un procedimiento de exploración para que los médicos puedan determinar las ayudas necesarias para las personas con discapacidad".

Dos tipos de adaptaciones

Vamos a ver qué ocurre después del reconocimiento. Y lo que ocurre es que se suelen recomendar dos tipos de adaptaciones. Las analizamos:

1.      Las de accesibilidad al vehículo

Que son rampas, plataformas elevadoras o, si es necesario, rebajar el piso para que la persona con dificultades motoras pueda acceder a su vehículo con la silla de ruedas.

2.      Para habilitar la conducción

La segunda adaptación es para poder conducir el vehículo. Se suelen colocar controles manuales que hacen las veces de pedales y también son muy utilizados lo que se ha venido en llamar los telemandos.

Es el centro médico el que propondrá todo lo necesario para que la persona con discapacidad pueda conducir de la manera más cómoda y segura posible.

Digamos que estamos hablando de soluciones muy personalizadas. La experiencia de los médicos junto con las de los examinadores es vital para que se coloquen las adaptaciones necesarias sin que se vea comprometida la seguridad.

No hay todavía máquinas específicas que testen de manera automática la efectividad de las adaptaciones. Digamos que es  un procedimiento manual a la vez que muy seguro.

Las pruebas

Una vez que se han realizado todas las adaptaciones que hemos comentado en los párrafos anteriores, es el momento de la verdad, es decir, el momento de realizar pruebas verdaderas.

¿Cuál es el procedimiento en este punto? La personas que desea conducir su vehículo, y una vez recogidas las especificaciones, ha de pedir una prueba de conducción a su Jefatura Provincial de Tráfico.

Esta solicitud se puede hacer bien a través de una autoescuela o bien a título particular mostrando su vehículo adaptado.

¿En qué consiste la prueba? Consiste en realizar una serie  de "zigs-zags" entre conos. A continuación hay que realizar una frenada de emergencia que es la que da la idea de que las especificaciones y modificaciones que se han realizado en el vehículo son las correctas y que se puede circular sin ningún problema.

Enrique Santamaría, coordinador de examinadores de la jefatura de Tráfico de Madrid, indica que "no se trata de un examen eliminatorio. Con estos dos ejercicios comprobamos la coordinación y valoramos si las adaptaciones son las más adecuadas. Si no lo son, debemos añadir otras".

Una vez se hayan realizado todas estas pruebas y se compruebe la idoneidad del vehículo, el aspirante tendrá que someterse a las pruebas teóricas y a las prácticas.

Evidentemente, el objetivo de todo este procedimiento es garantizar la seguridad de la persona que va a conducir el coche adaptado como del resto de agentes de la seguridad vial.

Es conveniente que las personas con movilidad reducida, una vez tengan las adaptaciones, hagan una valoración económica de lo que puede costar.

Es conveniente también informarse sobre las subvenciones y ayudas que puedan existir tanto a nivel estatal como autonómico destinadas a las personas con movilidad reducida.


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