
Has tenido un accidente de circulación y ves con estupor que
el culpable se ha dado a la fuga.
¿Qué hacer en estos casos? ¿Tendrás derecho a una indemnización por parte de tu
compañía de seguros?
Vamos a analizar en este post todas estas posibilidades nada agradables. Lo más fácil es que
cuando se tiene un accidente se rellene un parte amistoso y que actúen las compañías aseguradoras. En algunos
casos esto no ocurre.
Lo más efectivo, evidentemente, sería que pudieras tomar nota de la matrícula que se ha
dado a la fuga. Con los nervios es posible que no lo hagas. Entonces, la
segunda opción, sería poder describir el modelo de coche y su color. Y llamar inmediatamente a la Policía.
Los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado tienen mucha
más experiencia que tú en estos casos. Ellos podrán analizar el escenario del
accidente y extraer la información necesaria para localizar al causante de los
daños. Ellos también pueden tener acceso a las cámaras de tráfico o de algunos
establecimientos con el fin de acelerar la investigación.
Si tienes una póliza que incluye el todo riesgo no tendrás
ningún problema. Ahora bien, si no es tu caso, tu compañía de seguros derivará
el caso al Consorcio de
Compensación de Seguros.
Este Consorcio es un organismo que está adscrito al
Ministerio de Economía y se hace cargo de daños provocados por catástrofes
naturales, terrorismo, acciones tumultuarias… En este caso de un conductor
huido también se haría cargo de la correspondiente indemnización.
El artículo 11.1.a de la Ley sobre Responsabilidad Civil y
Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, que recoge la función del
Consorcio de "indemnizar a
quienes hubieran sufrido daños en sus personas, por siniestros ocurridos en España,
en aquellos casos en que el vehículo causante sea desconocido", establece
la obligación del consorcio de aportar
una indemnización pero dentro de unos parámetros concretos.
Dentro de estos daños están
incluidos la incapacidad permanente o temporal e incluso el
fallecimiento. También incluye una estancia hospitalaria superior a una semana.
En determinados casos, el Consorcio podrá pagará una
indemnización por daños en bienes si bien se reserva la potestad de establecer
una franquicia no superior a 500 euros.
Pero si no se cumplen los requisitos que marca el Consorcio
para tener acceso a una indemnización, lamentablemente
todos los daños tendrán que salir del bolsillo de la persona que ha sufrido el
accidente si no se ha conseguido identificar al autor de los daños.
De ahí la importancia de tener una
buena póliza de seguros. Para evitar este último caso y que nuestra
economía no se vea afectada.
También es muy importante contar con una buena compañía de
seguros que te ayude a pedir la indemnización ante el Consorcio porque se
requiere mucha documentación para acceder a ellas. Tu compañía de seguros agilizará el proceso.
Si hemos podido localizar al autor de los daños hay que interponer una denuncia tanto
por daños materiales como personales. La denuncia se puede interponer vía penal
si se demuestra que el infractor ha cometido un delito.
Dentro de estos delitos consideramos la conducción temeraria o la conducción bajo los efectos del alcohol o
drogas. Si no hay delito la denuncia seguirá los trámites de la vía civil.
Si el Consorcio te ha pagado una indemnización y
posteriormente ha sido identificado el autor de los hechos será el mismo
Consorcio quien se encargue de cobrarle.
La mayoría de las personas que huyen después de haber sido
los protagonistas de un accidente son conductores que no tienen seguro.
Si te encuentras en esta situación, es decir, que el
infractor ha huido, no pierdas la calma y llama a la Policía. Ellos te
indicarán los pasos a seguir. También llama a tu compañía de seguros porque te
ayudarán con todos los trámites.
¿Has vivido alguna
situación como la que hemos descrito? ¿Cómo has actuado? ¿Cuál fue el
desenlace? Cuéntanos tu experiencia. Para ello tan sólo has de compartir este
post por tus redes sociales y hacernos llegar tus comentarios.