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¿Puede la compañía aseguradora renovar mi seguro de coche sin avisarme?

Tal y como establece la Ley 50/1980, de 8 de octubre del Contrato de Seguro, una compañía aseguradora puede renovar el contrato de seguro sin necesidad de avisar al tomador del seguro con anterioridad, siempre y cuando el contrato o acuerdo al que llegaran en un primer momento fuera de carácter renovable, algo que hoy en día es completamente habitual.

Habitualmente la duración de este tipo de contratos no puede ser superior a 10 años, aunque al tratarse de un contrato anual la prórroga del mismo se realizará de forma anual cada vez que la póliza haya cumplido su ciclo de un año.

Por este motivo, dado que las prórrogas que se establecen en los seguros de coche son anuales, tanto el tomador del seguro como la parte aseguradora podrán rescindir este contrato siempre que esta rescisión se realice de forma escrita con al menos dos meses de antelación al momento de renovación.

Esto quiere decir que si usted contrató un seguro a fecha 1 de enero de 2014, por ejemplo, únicamente podrá rescindir el contrato y renunciar a la renovación de su seguro si así lo solicita antes del 1 de noviembre de 2014 de forma escrita o mediante una llamada, aunque tendrá que tener siempre una prueba fehaciente de que ha realizado tal petición.

Pasado este periodo, dentro de esos dos meses en los que usted ya no puede ejercer su derecho a la no renovación, podrá únicamente solicitar a la compañía la cancelación de renovar el seguro, aunque ellos ya no estarán en la obligación de atender su petición y podrán, por lo tanto, exigirle el pago de la prima correspondiente al seguro del año posterior.

Otro asunto de vital importancia respecto a este tema es el precio de renovación del seguro de coche, que deberá ser siempre de un valor igual o inferior al del año en curso, a no ser que su compañía aseguradora le haya avisado, también con dos meses de antelación, la variación del precio o las condiciones del contrato.

En el caso de que la compañía haya actuado consecuentemente el seguro será renovado automáticamente, quedando suspendida la póliza durante el primer mes a partir de la fecha de la renovación. A partir de este momento la compañía aseguradora tendrá hasta seis meses para solicitar el pago de la cantidad. Si pasado ese plazo no lo hubiera hecho el seguro de su coche quedaría automáticamente cancelado.

Soluciones para la no renovación

Como ya hemos concretado, la mejor forma y más segura de poder cancelar la renovación del seguro de su coche es realizar un escrito mediante el que solicitarlo bajo los términos que establece la ley, aunque si por descuido o por imposibilidad no pudo hacerlo tendrá también alternativas que pueden ser más o menos efectivas dependiendo de las circunstancias.

En primer lugar, si usted no realizó tal petición en los dos meses que marca la ley, podrá solicitar la no renovación pasado ese plazo, pues en ocasiones las compañías aseguradoras no proponen ningún problema y renuncian a su derecho de renovación automático para evitar trámites jurídicos y enfrentamientos.

Otra alternativa que no aconsejamos desde SeguroJoven.com pero que muchos conductores utilizan, es devolver directamente el recibo del seguro cuando llegue al banco el importe de la renovación, algo que si bien es cierto no es cien por cien seguro, no suele tener consecuencias en la mayoría de las ocasiones, pues después de que la compañía intente hacer el cobro una o dos veces terminará finalmente desistiendo y cancelando el contrato sin llegar a reclamar el importe jurídicamente, aunque es importante recordar que estará en su derecho de hacerlo.

La última alternativa, únicamente válida en caso de que el vehículo no pueda ser utilizado, es solicitar la cancelación de renovación por siniestro o robo del coche, pues aunque hayan pasado los dos meses en los que puede realizar tal petición, la aseguradora le obligará a realizar un seguro sobre un coche que ya no está en su poder.

Para concluir, cabe destacar que el importe que la compañía aseguradora está en derecho de exigir al tomador del seguro no es en ningún caso una sanción, si no el coste de la póliza que va a renovar, es decir, el producto que usted podrá seguir disfrutando.

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