Cuando contratas un seguro de coche, moto o ciclomotor de forma telefónica o directamente por internet estás asumiendo un compromiso de pago de la póliza por el que estarás obligado a hacer dicho abono, sean cuales sean las razones por las que en el futuro decidas anular o cancelar el seguro.
Por otro lado, a la hora de efectuar el pago de la póliza, es completamente indiferente que el pago lo realces mediante trasferencia bancaria, por tarjeta o por domiciliación en tu cuenta, pues el precio del seguro seguirá siendo siempre el mismo sin que se te aplique ningún cargo.
Dicho esto, y para contestar directamente a tu pregunta, el hecho de que la compañía aseguradora te exija el pago de una forma inmediata mediante tarjeta y que no te permita hacerlo por domiciliación bancaria se puede dar por varios motivos.
En primer lugar, la compañía aseguradora podría negarse a proporcionarte un contrato de seguro sin un pago directo mediante tarjeta porque en algún momento hayas tenido un conflicto con esta empresa de seguros.
Este conflicto no tiene porqué ser necesariamente un siniestro, pues sería suficiente con que en algún momento del pasado hubieras tenido un retraso en el pago de un recibo del seguro del coche o un rechazo de renovación sin avisar con más de dos meses de antelación.
En segundo lugar, si en algún momento has estado registrado en una lista de morosidad como consecuencia del impago de una factura telefónica, por ejemplo, o por falta de liquidez en un préstamo bancario, una compañía aseguradora puede negarse a firmar un contrato contigo sin un pago inmediato por entender un riesgo de impago del seguro.
La última de las razones podría ser que al no tener un seguro previo que acredite tu seriedad y solvencia en el pago, la compañía aseguradora se niegue a proporcionar un seguro si no tiene la seguridad del pago previo.
Dadas estas tres posibles causas, es necesario recordar que tal y como funcionan los contratos aseguradores en España y las empresas aseguradoras, en la mayoría de los casos una persona puede contratar un seguro de coche, por ejemplo, con una compañía sin realizar el pago de inmediato.
Tras la contratación, es habitual que el cobro mediante recibo bancario se realice entre los tres y siete días siguientes, aunque durante ese tiempo el seguro ya esté vigente. Pero esta vigencia va mucho más allá de esa semana, pues durante un mes el conductor tendrá seguro en vigor pese a que no haya realizado el pago o haya devuelto el recibo bancario.
Este funcionamiento da lugar a que algunos conductores fraudulentos contraten seguros con una compañía sin pagarlo para disfrutar de este servicio durante un mes, de manera que cuando acabe ese mes y la compañía da de baja definitivamente el seguro, este conductor realice la misma operación con otra aseguradora para no tener que realizar el pago.
Así, la única forma que tienen las aseguradoras de evitar este fraude es exigir un pago inmediato con tarjeta, realizando el pago en el mismo momento en el que se contrata el seguro y cuando se empieza a prestar el servicio.
Pese a ello, en la mayoría de los casos las aseguradoras no plantean ningún problema para realizar el pago del seguro del coche mediante recibo bancario e incluso permiten el fraccionamiento de dos, tres o cuatro recibos, por lo que esta problemática no suele afectar a un gran número de clientes.