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¿Qué enfermedades me pueden impedir conducir?

¿Sabes qué enfermedades te pueden impedir conducir? Nosotros hemos hecho una lista para que lo tengas en cuanta. Es la siguiente.


Por cierto. Si eres consciente de que tienes una de las siguientes enfermedades y conduces te pueden multar hasta con seis mil euros.


Dicho esto, vamos ya con la lista.

  1. La vista

La capacidad visual es el sentido más determinante a la hora de ponerse al volante.

Es más. Podemos decir que del 90  por cierto de la información necesaria para conducir la percibimos a través de la vista.

De ahí que cualquier deficiencia visual pueda comprometer seriamente la conducción segura.

En España, la normativa vigente establece que la agudeza visual mínima debe ser de 0,5, incluso si es necesario recurrir al uso de gafas o lentillas.

No obstante, conducir con una agudeza visual de 0,4 multiplica por tres el riesgo de accidente.

Por tanto, es imprescindible someterse a revisiones oftalmológicas periódicas y respetar las recomendaciones de los profesionales sanitarios.

En caso de haberse sometido a una cirugía refractiva, se debe esperar al menos un mes antes de volver a conducir.

Superado este periodo, será obligatorio presentar un informe favorable del centro donde se realizó la intervención para renovar el permiso por un año.

Pasado ese tiempo, se deberá acudir a un centro de reconocimiento médico con un nuevo informe de un oftalmólogo que certifique el estado visual actual, a fin de establecer la siguiente vigencia del carnet.

Un detalle relevante: si un especialista te dilata las pupilas durante una exploración, deberás abstenerte de conducir hasta que él mismo te lo autorice, algo que normalmente ocurre entre dos y cuatro horas después del procedimiento.

  1. Salud auditiva

El Reglamento General de Conductores establece que una pérdida auditiva superior al 45 por ciento (sumando ambos oídos) puede ser motivo para denegar la obtención o renovación del carnet de conducir.

Este dato se obtiene mediante una audiometría tonal. Tanto si se utiliza audífono como si no, es indispensable no superar ese límite para cumplir con los requisitos legales.

  1. Trastornos mentales y del comportamiento

La aptitud para conducir en estos casos queda supeditada al criterio médico. Trastornos como esquizofrenia, demencia, delirium, trastornos de personalidad, del sueño o del estado de ánimo requieren una evaluación médica.

Por lo general, si se considera que el conductor es apto, el carnet se concede o renueva por un periodo de un año.

  1. Sistema locomotor y postura al conducir

Cualquier anomalía física o limitación que impida adoptar una posición segura al volante o que reduzca la visibilidad del entorno puede suponer una restricción para conducir.

La evaluación se realiza caso por caso, siempre considerando la seguridad vial como prioridad.

  1. Sistema respiratorio y apnea del sueño

Los trastornos respiratorios graves también pueden ser causa de inhabilitación para conducir.

En el caso del síndrome de apnea del sueño, será necesario un informe favorable emitido por una Unidad del Sueño para obtener o renovar el permiso, y este tendrá una validez máxima de dos años.

  1. Patologías cardiovasculares y conducción

Tras una intervención como la implantación de un marcapasos, se debe esperar un mínimo de dos semanas antes de retomar la conducción.

Si se trata de un desfibrilador automático, el periodo de espera será de dos semanas en prevención primaria y de tres meses si ha habido descargas o recurrencias en prevención secundaria.

Tras un síndrome coronario agudo, como puede ser un infarto de miocardio o una angina inestable, deben pasar al menos tres semanas para poder volver a conducir.

Asimismo, en casos de insuficiencia cardíaca, arritmias o trasplantes de corazón, la conducción será posible únicamente si no existen síntomas en reposo y siempre bajo supervisión y con informe favorable del cardiólogo.

  1. Afecciones renales y seguridad al volante

Las personas sometidas a tratamientos renales, como la diálisis, deben presentar un informe positivo de un nefrólogo para renovar su permiso de conducir.

Quienes hayan recibido un trasplante de riñón deberán esperar un mínimo de seis meses sin complicaciones y contar también con la aprobación médica correspondiente.

  1. Trastornos hematológicos y conducción

Enfermedades como la anemia pueden generar síntomas como fatiga, mareos o incluso pérdida de conocimiento, lo que implica un riesgo evidente en la conducción.

Dependiendo de la gravedad, será el facultativo quien determine si es posible conducir y durante cuánto tiempo.

Lo mismo se aplica a patologías como la hemocromatosis o los trastornos mieloproliferativos, donde el estado de la enfermedad marcará las limitaciones temporales.



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