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¿Puedes superar el límite de velocidad al adelantar?

¿Puedes superar el límite de velocidad al adelantar?

Vamos a contestar una pregunta que, cuando estamos circulando genera muchas dudas. Y sucede a los conductores noveles como a los más experimentados. ¿Podemos no podemos superar el límite de velocidad cuando estamos adelantando? ¿Es la misma respuesta en todos los tipos de vías o hay alguna excepción? Vamos a contestar de inmediato a esta pregunta.

Es cierto que en muchas ocasiones vemos un vehículo delante de nosotros que circula más lento que nosotros. Y en ese instante nos asalta la duda de si la velocidad que lleva nos permite adelantarle rebasando el límite de velocidad que marca la señal de la carreta en la que nos encontramos. Seguro que es una duda que ha asaltado a más de un conductor.

Y hacemos bien en dudar, porque los adelantamientos suponen un buen porcentaje de los accidentes con víctimas mortales en nuestras carreteras.

Lo que dice el Reglamento General de Circulación

¿Qué es lo que indica el Reglamento General de Circulación? Pues si le echamos un vistazo vemos que en su artículo 51 que "las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano solo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas".

Aclarándolo un poco. Cuando estás realizando un adelantamiento sí que puedes sobrepasar esos 20 kilómetros por hora pero sólo en carreteras convencionales. No los puedes superar cuando estás circulando por autopistas de peaje ni por autovías.

Tampoco los puedes rebasar cuando estás en las calles de una ciudad. Además, sólo podrás aumentar más de 20 kilómetros cuando no exista una señal que limite la velocidad, menos cuando la señal sea la genérica de esa vía. Esta señal está considerada como un simple recordatorio.

Ya ves que se hace un poco complicado acordarse de todo lo que establece el código de circulación. En definitiva sólo podrás rebasar la velocidad cuando estés en vías convencionales, es decir, carreteras nacionales. Por eso decíamos al principio de este post que es bueno que tanto conductores noveles como los más experimentados recuerden cuando se pueden rebasar esos 20 kilómetros en un adelantamiento.

Atención a determinados casos

Más casos. Imagina que estás circulando por una vía convencional cuya velocidad esté limitada a 90 kilómetros por hora debido al arcén y que de repente te encuentras con una señal de 100. Esta última es la que la Dirección General de Tráfico considera una señal específica de velocidad.

Es posible que esta señal esté en un punto determinado colocada debido a que existen arcenes de 1,50 metros.

En cualquier caso, y viendo la existencia de esa señal jamás podrás superar los 100 kilómetros por hora. Es decir, no deberías llegar a 110 en caso de que quisieras adelantar.

Haciendo un pequeño resumen:

• Podrás sobrepasar esa velocidad en carreteras convencionales y que no atraviesen un núcleo urbano. Jamás en autopistas, ni en autovías ni en ninguna travesía.

• Sólo pueden rebasar esta velocidad coches y motocicletas. No lo pueden hacer ni autobuses, ni camiones ni furgonetas.

• Podrás adelantar a vehículos que circulen a velocidad inferior a la máxima establecida en las señales que encontrarás en la carretera.

En las carreteras convencionales el límite máximo de velocidad es de 100 kilómetros por hora en el caso de que tengan arcenes que como mínimo midan 1.50 metros de ancho. También cuando estas carreteras dispongan de más de un carril para alguno de los sentidos. Estos tramos son muy comunes en los puertos de montaña. En el resto de carreteras del mapa viario español la velocidad queda limitada a 90 kilómetros por hora.

En definitiva. Que hemos querido explicarte en qué casos puedes rebasar el límite de velocidad en 20 kilómetros cuando vayas a adelantar a un vehículo. A veces se hace difícil pensar en todos los supuestos que te hemos contado. Así que lo mejor es aplicar el sentido común y evitar los tan temidos accidentes de tráfico.

¿Te ha resultado interesante lo que te hemos contado en este post? Si es así nos encantaría que le dieras a los botones de tus redes sociales y lo compartieras con todos tus amigos, familiares y conocidos.


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