
En caso de emergencia, ¿puedes llevar a más ocupantes en tu vehículo de los que marca la ley? ¿Es posible que te expongas a sanciones? Estas son las dos preguntas que vamos a responder en las siguientes líneas.
La normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) es muy clara: solo se permite transportar a tantos ocupantes como plazas homologadas tenga el automóvil.
En el caso de un turismo con cinco asientos, el máximo de ocupantes será de cinco personas, incluyendo al conductor. Además, todos deben ir correctamente sentados y con el cinturón de seguridad abrochado.
Es importante señalar que esta regla general puede presentar algunas excepciones en determinados tipos de transporte, como es el caso de los autobuses urbanos, donde se autoriza que los viajeros puedan ir de pie.
Una de las dudas más comunes es si se pueden transportar más pasajeros de los permitidos en situaciones excepcionales o de emergencia.
Ante esta cuestión, un agente de la Guardia Civil de Tráfico, José Carlos Cando, en declaraciones al diario 20 Minutos y su respuesta fue contundente: "hay que solucionar la emergencia de otra manera solicitando otro vehículo u otra persona que nos venga a auxiliar".
De este modo, dejó claro que no existe una excepción legal que permita superar el número de plazas homologadas, ni siquiera por motivos de urgencia.
El mismo agente concluyó que no se puede "aumentar el número de ocupantes en un vehículo por una emergencia", recalcando que, en caso de que una patrulla detecte esta infracción, los ocupantes podrían ser sancionados por comprometer la seguridad vial.
Por tanto, en cualquier circunstancia, la ley debe cumplirse y no está permitida ninguna flexibilidad respecto al número de pasajeros.
Transportar a más personas de las autorizadas en un vehículo conlleva sanciones económicas que pueden variar según la gravedad de la infracción.
En primer lugar, si se supera el número de plazas homologadas, pero el exceso no llega al 50 %, la multa será de 100 euros. Esta es considerada una falta leve, aunque sigue siendo una conducta sancionable.
En cambio, si los pasajeros adicionales no utilizan el cinturón de seguridad, la infracción es más grave y la sanción económica asciende a 200 euros por cada persona que no lo lleve abrochado. La obligatoriedad del uso del cinturón es universal y no depende del tipo de vía o trayecto.
Cuando el número de ocupantes sobrepasa el 50 % del total de plazas homologadas, la infracción pasa a ser considerada como grave para la seguridad vial.
En este escenario, la penalización económica puede alcanzar los 500 euros. Además, no solo se trata de una multa económica, sino que también puede acarrear otras consecuencias administrativas.
En las infracciones leves, como un pequeño exceso de ocupantes, no se produce pérdida de puntos del carnet de conducir.
Sin embargo, si se trata de una falta grave, como puede ser superar el 50 % de la capacidad del vehículo o llevar pasajeros sin cinturón, el conductor puede perder hasta 4 puntos.
En los casos más extremos, la sanción puede incluir la retirada del permiso de conducción durante un periodo de hasta tres meses.
Es fundamental tener presente que la responsabilidad recae exclusivamente sobre el conductor.
Es él quien debe garantizar que se cumple el número máximo de plazas homologadas y que todos los ocupantes lleven correctamente colocado el cinturón de seguridad.
Si se produce una infracción, será el conductor quien asuma todas las consecuencias legales y económicas derivadas de esa conducta.
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