La DGT obligará a llevar un certificado a los dueños de patinetes eléctricos
Era cuestión de tiempo ante la gran aceptación que están teniendo los vehículos de movilidad urbana como los patinetes.
Así que la Dirección General de Tráfico ya está estudiando que los dueños de estos vehículos dispongan de un certificado como también aconsejan ya que los patinetes cuenten con un seguro como ya es obligatorio un seguro de coche.
Este certificado que prepara la DGT lo habilitará para su circulación y facilitará su identificación.
Lo que se pretende, como era de esperar, es que exista un cierto control sobre estos vehículos para evitar que circulen algunos que no tengan las características técnicas que se han establecidos.
La DGT ha previsto que estos vehículos circulen en un rango de velocidad entre los 6 y los 25 kilómetros por hora. Circular a 25 kilómetros por hora por la ciudad ya supone un cierto riesgo para el resto de agentes del tráfico.
El documento que tendrá que acompañar en todo momento al patinete estará expedido por el fabricante o por el importador, es decir, los fabricantes de patinetes eléctricos e importadores que comercializan sus productos en España irán adjuntando dicho certificado al vender su vehículo de movilidad personal y habilitarán mecanismos para emitir el certificado a los que ya sean propietarios de un patinete eléctrico.
Fecha de aplicación
La pregunta que todos los propietarios de patinetes
eléctricos se están haciendo en estos momentos es cuándo empezará a aplicarse.
Si ya eres propietario de un patinete eléctrico o estás
decidido a comprarte uno por todas las ventajas que supone para la circulación
fluida sobre todo en grandes ciudades no
tienes porque alarmarte todavía.
Lo cierto es que este certificado todavía tardará un tiempo en ser obligatorio.
En primer lugar se ha de proceder a la publicación del manual de las características de los vehículos de movilidad personal que en estos momentos está en proceso de elaboración.
Será un documento en el que se han de registrar las condiciones técnicas que han de cumplir estos vehículos de movilidad personal y entre estos, los patinetes eléctricos.
También se registran en él las características técnicas que deben verse reflejadas en el certificado que será obligatorio.
¿La fecha? Pues todo parece indicar que esta obligación no se aplicará hasta finales del año 2023, según información de la Dirección General de Tráfico.
La obligación de llevar este certificado no se aplicará hasta después de dos años desde la publicación en el Boletín Oficial del Estados del manual de características de los vehículos de movilidad personal.
Es decir, si en el mejor de los casos el manual se publica en el BOE este año, la aplicación de la obligación de disponer del certificado no entrará en vigor, como mínimo, hasta finales del año 2023.
Los fabricantes no tendrán ningún problema en expedir los certificados
Por otro lado, y según las características técnicas que ya se conocen como el hecho de que estos vehículos de movilidad personal no puedan sobrepasar en ningún caso los 25 kilómetros por hora, lo más lógico es que los patinetes más populares que ya existen en el mercado cumplirán con estas premisas y no habrá ningún problema para que los fabricantes emitan el certificado.
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