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El conocido comúnmente como seguro a todo riesgo, es un seguro de coche que incluye, además de la garantía obligatoria por ley, responsabilidad civil obligatoria, la de daños propios. Esta garantía cubre los daños al vehículo ocasionados por hechos accidentales no ocasionados por terceras personas, es decir, los daños que pueda sufrir el automóvil por nuestra culpa, siempre que no exista dolo ni mala fe.
Este tipo de pólizas son las "altas de gama" y suelen incluir todo tipo de coberturas disponibles como son, lunas, incendio, robo, asistencia en viaje, fallecimiento e invalidez del conductor o lesiones por un accidente y, por supuesto, los gastos sanitarios y hospitalarios derivados del mismo.
Pero es, en lo relativo a los daños materiales donde los conductores prestan especial atención a la hora de contratar un seguro de coche a todo riesgo, pues es aquí donde los usuarios se pueden ver más beneficiados al tener un accidente, por pequeño que sea.
Y es que con este tipo de pólizas el asegurado puede tener la tranquilidad de que sea cual sea el incidente que se tenga al volante de su vehículo, ya sea daños como ralladuras que se puedan ocasionar al coche durante las maniobras de aparcamiento o el atropello de animales en carretera, por ejemplo, será el seguro a todo riesgo el que se hará cargo de todos los costes de reparación del automóvil.
Tras un accidente, sea cual sea la naturaleza del mismo, la compañía aseguradora ha de evaluar los daños que ha sufrido el automóvil para determinar el coste que tendrá la reparación o incluso para valorar la posibilidad de indemnización por siniestro total, en caso de que el coste de la reparación sea mayor que el valor del vehículo.
La indemnización por perdida total suele calcularse sobre el valor a nuevo del coche cuando se compró, pero solo en los dos primeros años, a partir de la fecha de matriculación del vehículo. Pasado este periodo la indemnización se hará en función del valor venal del vehículo o al valor venal mejorado en el momento del accidente, lo que se conoce como valor de mercado. Por ello, puede haber una pérdida importante, pues el valor del coche tiene una caída proporcionalmente elevada en sus cinco primeros años.
En caso de incendio, las aseguradoras se harán cargo de la reparación correspondientes y si los daños son irreparables procederá a indemnizar como corresponda. En caso de robo si el vehículo no apareciese en el plazo de un mes u otro plazo que se pacte en póliza también se indemnizara correspondientemente como siniestro total
La gran flexibilidad de estas pólizas permite incluir además ciertas coberturas que no son habituales en el resto de los seguros, aunque se trata de coberturas que si un conductor está dispuesto a asumir pueden resultar muy beneficiosas y rentables. Algunas de estas coberturas son:
La defensa y gestión de multas:
El gabinete jurídico de la compañía aseguradora defenderá a su cliente en caso de que reciba alguna sanción derivada de la circulación con el vehículo asegurado.
Retirada de carnet:
La compañía aseguradora indemniza con cuantía económica al conductor si éste perdiera el carnet de conducir como resultado de una sanción de circulación.
Préstamos de reparaciones:
Si el coche tuviera una avería que no fuera derivada de la circulación, es decir, que no fuera un accidente de tráfico; el seguro a todo riesgo incluye el préstamo económico en condiciones ventajosas para que el tomador del seguro asuma la reparación del automóvil.
Vehículo de sustitución:
En caso de que el vehículo asegurado necesite una reparación, la compañía aseguradora se compromete a la cesión de un coche de sustitución durante el periodo de tiempo que dure la reparación.
La franquicia en el seguro de automóvil es una cantidad económica fija, en la que el asegurado es asegurador de una parte de los daños producidos por un siniestro. Es muy habitual la inclusión de una franquicia en los seguros a todo riesgo ya que suponen importantes ahorros de costes para el cliente en la póliza.
Esta fórmula estipula un precio mínimo de reparación de los daños de un vehículo por lo que si los daños son inferiores a los 300 euros, por ejemplo, será el tomador el que se responsabilice de los mismos. Por el contrario, todo lo que suponga un gasto superior a esta cuantía será la compañía aseguradora la que se haga cargo de ello, siendo el propietario el que abone esos primeros 300 euros.
Incluir una franquicia en el seguro a todo riesgo, tranquiliza a las aseguradoras ya que de esta manera el cliente participa en el riesgo, lo que hará que esté se preocupe más de evitar posibles accidentes que puedan perjudicarlo económicamente, y por otro lado evita a la compañía aseguradora la tramitación de pequeños siniestros, cuyo coste administrativo puede ser mayor que el propio daño. Evidentemente estas circunstancias tienen una importante repercusión en el precio del seguro, tanto es así, que en algunos casos incluir una pequeña franquicia de doscientos euros puede suponer una reducción del cincuenta por ciento del precio de la póliza.